¿Qué se puede hacer y qué no en el cuarto oscuro?

El cuarto oscuro es un espacio privado donde el votante sufraga, en ese lugar no puede ser observado por nadie. No necesariamente se trata de una habitación, aunque en muchos casos lo es.

22 de Octubre de 2023 08:02

Por Redacción 0223

PARA 0223

Se acerca la fecha de las elecciones y surgen muchas dudas entre los votantes sobre los candidatos, las propuestas políticas y el proceso de votación en sí. Una parte importante del proceso de votación es el cuarto oscuro y en 0223 te explicamos de qué se trata.

¿Qué es el cuarto oscuro en las elecciones?

Básicamente es un espacio en donde se garantiza la privacidad para el votante a la hora de elegir la boleta que finalmente depositará en el sobre. En el caso de Argentina la legislación que regula al cuarto oscuro es el Código Electoral.

Según el Código Electoral este espacio destinado a votar tiene que estar a la vista de todos y tiene que ser un lugar de fácil acceso, para que los electores ensobren sus boletas en absoluto secreto.

A este lugar se lo denominará cuarto oscuro, no puede tener más de una puerta utilizable, que debe estar visible. Debe poder cerrarse y, en el caso de tener ventanas se deben cubrir.

En el cuarto oscuro se encontrarán las pilas de boletas oficiales de los partidos remitidos por la Junta Electoral. Un dato importante a la hora de buscar es que están ordenadas por número, de menor a mayor y de izquierda a derecha.

Cada establecimiento de votación contará con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en el que podrán votar, por propia opción, las y los electores registrados en otras mesas que presenten alguna discapacidad o limitación -permanente o transitoria-, como así también adultos mayores, mujeres embarazadas y/o personas con niñas o niños en brazos.

¿Qué esta prohibido hacer en el cuarto oscuro?

Queda prohibido colocar en el cuarto oscuro carteles, inscripciones, insignias, indicaciones o imágenes que la ley no autorice expresamente, ni elemento alguno que implique una sugerencia a la voluntad del elector fuera de las boletas aprobadas por la junta electoral.

Principalmente, tampoco admitirá en el cuarto oscuro otras boletas que las que sean aprobadas por la Junta Electoral. Además, aquellos que sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten, boletas del cuarto oscuro antes de la emisión del voto, serán sancionadas por el Código Electoral.

También, a la hora de emitir el voto están prohibidas la manipulación de boletas y otras acciones.

¿Qué hago si no encuentro la boleta del partido que quiero votar?

En caso de no ubicar la boleta correspondiente del partido político al que quiero votar tengo que salir del cuarto oscuro y notificar a las autoridades de mesa. Ante esta situación no debo mencionar a qué boleta me estoy refiriendo, porque el voto es secreto y podrían solicitar la anulación del sufragio, simplemente debo decir que no están todas las boletas. El presidente y los fiscales de mesa deberán entrar y corroborar que estén todas las expresiones representadas y reponer, en el caso de que haga falta.