Abuso en el camping: la Suprema Corte aceptó el planteo de las defensas

Ahora el máximo tribunal deberá revertir o confirmar el fallo de Casación. Consideró procedentes los recursos extraordinarios que presentaron. En septiembre del 2021 un jurado popular declaró no culpables de abuso sexual a una menor, a Pitman, Jaime y Villalba.

El tribunal de Casación Penal había anulado la sentencia de no culpabilidad que había resuelto un juzgado popular. Foto archivo: 0223.

3 de Julio de 2023 13:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

En sintonía con el pedido que en octubre del año pasado hicieron los abogados de los jóvenes que fueron juzgados y declarados no culpables por el abuso sexual de una menor en un camping de Miramar, la Suprema Corte de Justicia declaró procedente los recursos presentados que buscan frenar la realización de un segundo juicio. Esa medida fue dispuesta por el tribunal de Casación Penal después de haber anulado la sentencia que había resuelto un juzgado popular.

Los abogados Martín Bernat y Martin Giménez, en representación de Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba, habían acusando al organismo platense de tomar decisiones “manifiestamente antirrepublicanas”. “Se encuentra en crisis el orden federal de nuestro país; hay un claro atropello a principios, derechos y garantías constitucionales como el debido proceso, el ne bis in idem y el derecho de defensa en juicio”, advirtieron.

El 23 de diciembre del 2021, los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini  de la Sala III de Casación declararon nulo el veredicto del 17 de septiembre donde un jurado popular declaró no culpables a Pitman, Jaime y Villalba. Para fundar la medida, el tribunal tuvo en cuenta la falta de intervención de la Asesora de Menores durante la declaración de la menor en el proceso.

Los mismos jueces declararon “inadmisibles” los recursos de las defensas al entender que han sido interpuestos “en forma prematura” ya que la sentencia impugnada carece de “carácter definitivo”. 

Sin embargo, la Suprema Corte consideró que deben tratar esa cuestión y serán ellos quienes confirmen o revoquen el fallo de Casación. De este modo, el máximo Tribunal admitió la queja interpuesta y concedió la vía extraordinaria de inaplicabilidad de la ley.